¿Cómo mejorar el mecanismo Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en México?

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En México, aproximadamente, tres mil mujeres mueren al año por ser mujeres. Sí, por poseer esta condición biológica son perpetuados homicidios caracterizados por traer consigo odio, repudio y violencia contra las víctimas.

   En este escenario, se erige Ciudad Juárez como el territorio más representativo del fenómeno denominado feminicidio, por el alto número de asesinatos y por ser foco de los primeros análisis del mismo.

   Los medios de comunicación, desde hace tiempo, testifican la ocurrencia de feminicidios y violencia de género. En las redes sociales, constantemente, vemos cómo se comparten fotos de mujeres y niñas desaparecidas que, después de unos días, son halladas muertas, golpeadas o, simplemente, no aparecen.

   En noticieros, escuchamos, leemos u observamos cómo Claudia fue violada, estrangulada o destazada por su novio, pareja, esposo, otro familiar o desconocido; asimismo, nos enteramos de mujeres muertas por el crimen organizado o en manos de servidores públicos, ya sean policías o políticos.

   Las cifras y hechos explican una parte del por qué, en las últimas semanas, en diversos medios, varias voces se unieron para evidenciar la ausencia de un mecanismo efectivo que clarifique el panorama de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM), la cual ha sido declarada en 28 de las 32 entidades federativas del país.

   Bajo la batuta de Carolina Hernández Nieto, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos humanos (CMDPDH) sentenció que, aun cuando la proporción de AVGM a nivel nacional es alta, el seguimiento a la misma ha sido nulo.

   Lo anterior puede corroborarse en el Estado de México, pues, después de cinco años de haberse declarado la primera AVGM, al día de hoy, ya existe una segunda alarma, la cual se traduce en una falta de monitoreo de la primera, así como de valoración de las acciones trazadas a nivel gubernamental en dicha materia.

   Del mismo modo, la problemática se ha detectado a nivel municipal; por ejemplo, en Acapulco, no ha tenido lugar un oportuno seguimiento a la alerta; además, las acciones han costado sumo dinero y se carece de un plan concreto para atender esta.

   Otro hecho que incita a preguntarnos cuáles son las fallas de este mecanismo lo protagoniza el estado de Tlaxcala, ya que, a pesar de haber declarado la alerta de género, se ha mantenido como una de las entidades con mayores ingresos hospitalarios por abuso sexual infantil, predominando las niñas como víctimas (Corona, 2020). Es en este contexto que la evaluación de políticas públicas debería jugar un rol clave para detectar qué se puede cambiar (Domínguez, 2020).

   Antes de mencionar algunas recomendaciones para mejorar el seguimiento a la AVGM, debemos comprender en qué consiste este mecanismo coordinado por el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) y la Secretaría de Gobernación (SEGOB), representada por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM).

   La Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) busca proteger los derechos humanos de las féminas; es único a nivel mundial y está asentado en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en cuyo reglamento se especifica cómo debe emitirse.

   La AVGM constituye una serie de acciones gubernamentales de emergencia canalizadas a enfrentar y erradicar la violencia feminicida y/o la existencia de un agravio comparado, en donde la violencia extrema, las conductas misóginas y la impunidad, tanto social como estatal, son elementos latentes (INMUJERES, 2020).

   Bajo esta idea, su objetivo es garantizar la seguridad de las mujeres y niñas, cesar la violencia en su contra y/o subsanar las desigualdades derivadas de una legislación o política pública que afrente sus derechos (INMUJERES, 2020). El proceso para declarar la AVGM es el siguiente:

  1. Admisión de la Solicitud de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (SAVGM), presentada por organizaciones de la sociedad civil u organismos de Derechos Humanos internacionales, nacionales o locales.
  2. Conformación del grupo de trabajo para atender la SAVGM, integrado por representantes de INMUJERES, CONAVIM, la CNDH, del Mecanismo para el adelanto de las mujeres en la entidad y cuatro personas seleccionadas a partir de una convocatoria pública (dos académicos nacionales y dos locales).
  3. Investigación del grupo de trabajo para atender la SAVGM, que incluye una visita de campo en el territorio, y entrega del informe con conclusiones y propuestas con el propósito de prevenir y atender la violencia contra las mujeres.
  4. Dictaminación del grupo de trabajo para atender la SAVGM, a partir del examen de las acciones realizadas a nivel estatal, para declarar o no la AVGM (INMUJERES, 2020).

   Esta declaratoria es emitida por la SEGOB, especifica las acciones y medidas preventivas, tanto de seguridad como de justicia, para combatir la violencia contra las mujeres, señalando el territorio donde serán implementadas.

   Conocer este proceso es esencial para comprender qué implica el seguimiento y/o monitoreo de la AVGM. Con base en la evaluación solicitada por INMUJERES y CONAVIM al programa de cooperación de la Unión Europea: EUROsociAL, las áreas de oportunidad del mecanismo, fueron las que se enuncian a continuación:

  1. El procedimiento debe ser regulado en todas sus fases; para ello, es necesario definir responsabilidades, plazos y metodologías en cada una de estas.
  2. Para sumar eficacia al procedimiento, se debe definir un programa de trabajo con cada entidad federativa, en un formato común, el cual debe delimitar las acciones a implementar en conjunto con los diversos municipios.
  3. Proporcionar acompañamiento técnico a las entidades federativas durante todo el seguimiento con fines de favorecer el cumplimiento de las medidas.
  4. El Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario (GIM), o grupo de trabajo, debe integrarse por personas capacitadas en el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de políticas públicas con perspectiva de género, en lugar de académicos.
  5. Agendar una reunión del GIM para valorar el cumplimiento de las medidas, a los 100 días de la notificación de la declaratoria.
  6. Proponer metodologías de trabajo que posibiliten obtener resultados cuantificables, con objetivos concretos y factibles en el corto plazo.
  7. Realizar visitas in situ, periódicamente, en aras de entrevistar a las instituciones involucradas, organizaciones de la sociedad civil y los titulares de los derechos (INMUJERES & CONAVIM, 2018).

   Es necesario resaltar que estas recomendaciones cobran relevancia dado que se expresaron a partir de la gestión de entrevistas, inspecciones en diferentes entidades federativas y talleres de trabajo con los miembros de las instituciones partícipes de la AVGM; asimismo, como producto de visitas de intercambio de experiencias con España y Finlandia, donde la implementación de la misma presume de éxito.

   En un país como el nuestro, donde también los letreros en los súper mercados o en los postes nos avisan sobre la desaparición de niñas y mujeres, donde los hospitales constantemente atienden a las mismas por maltrato físico y son perpetradas otras variantes de violencia de género, se torna prioritario mejorar la operación de uno de los pocos mecanismos existentes para proteger a este sector vulnerable de la población y que en otros países del globo ha demostrado de ser efectivo.

Referencias:

  • Corona, D. (3 de Septiembre de 2020). Sobre trata, desaparición, feminicidio y AVGM, se reunieron voces de mujeres tlaxcaltecas. Escenario Tlaxcala. Recuperado el 10 de Septiembre de 2020, de https://escenariotlx.com/sobre-trata-desaparicion-feminicidio-y-avgm-se-reunieron-voces-de-mujeres-tlaxcaltecas/
  • Domínguez, I. N. (27 de Agosto de 2020). Necesario el seguimiento a las Alertas por Violencia de Género. La Silla Rota. Obtenido de https://lasillarota.com/lacaderadeeva/necesario-el-seguimiento-a-las-alertas-por-violencia-de-genero-avgm-seguimiento-mujeres-morelos/428565
  • INMUJERES & CONAVIM. (2018). MÉXICO Mecanismo de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres. INMUJERES Y CONAVIM. Obtenido de https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/401827/InformeMAVGCM.pdf
  • INMUJERES. (22 de Enero de 2020). Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres. Obtenido de Gobierno de México: https://www.gob.mx/inmujeres/acciones-y-programas/alerta-de-violencia-de-genero-contra-las-mujeres-80739#:~:text=contra%20las%20mujeres%3F-,La%20alerta%20de%20violencia%20de%20g%C3%A9nero%20contra%20las%20mujeres%20(AVGM,el%20Reglamento%20de%20dicha%20Ley

Sobre el Autor:
María Luisa Guzmán Vázquez


Consultor en Evaluación de Políticas Públicas
Especialista en Métodos Cuantitativos Aplicados a Políticas Públicas

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María Luisa Guzmán Vázquez


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